2 de mayo de 2024

La DGII anuncia declaratoria de moratoria en el pago de deudas tributarias

Santo Domingo. El director general de Impuestos Internos (DGII), Magín Díaz, dijo este miércoles que las personas que tienen acuerdos de pago de deudas tributarias no tendrán que pagar sus cuotas durante los meses de abril, mayo y junio.

“Se va a declarar una moratoria en el pago de deudas tributarias de tres meses. Es decir, aquellas personas que tengan acuerdos de pagos de deudas tributarias no van a tener que pagar sus cuotas durante abril, mayo y junio”, indicó el funcionario.

Agregó que a partir de julio se retomarán esos acuerdos y se les extenderá el plazo para que bajen sus cuotas.

“Estamos posponiendo los pagos de estos tres meses y también a partir del cuarto mes bajando las cuotas y duplicado el plazo de todos los acuerdos de pagos vigentes. Esto es para darle un alivio a todos los contribuyentes que ya tenían deuda tributaria”, explicó Magpin Díaz tras participar en el programa El Zol de la Mañana.

Asegura que en el día de hoy se estará publicando el aviso, donde se estará dando la extensión total para más del 99 por ciento de las empresas del anticipo que debe ser pagado el día 15 de abril.

“Esto es un alivio importante en el flujo de caja en aquellas empresa que en su mayoría no están funcionando”, agregó.

Precisa que ha dejado el anticipo para un grupo pequeño de grandes contribuyentes que, si aún tienen problemas, entonces, solicitarían su extensión y también se les va a evaluar.

“Con esto se les da la extensión total del anticipo a más de 99% de los contribuyentes”, reiteró.

Además, “como ustedes han visto hace un mes estamos tomando medidas nuevas ante la situación que se está viviendo y hemos digitalizado los servicios que no estaban digitalizados para facilitar en esta coyuntura los servicios al contribuyente”, dijo.

Reveló que casi el 705 de los empleados de la DGII está trabajando desde sus hogares y hasta el momento ha sido exitoso.

Comunicado de la DGII

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informa a todos los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta (ISR), personas jurídicas o negocios de único dueño, que a la fecha tengan obligación mensual de Anticipos del ISR, que quedan exonerados del pago de esta obligación para el período fiscal marzo 2020, cuya fecha de vencimiento es el 15 de abril 2020.

La presente disposición se enmarca en las medidas que ha venido tomando esta Dirección General para apoyar los diferentes sectores económicos que han sido impactados por los efectos de la circulación del virus COVID-19, en virtud de lo establecido en el Párrafo IV del Artículo 314 del Código Tributario, que permite a la Administración Tributaria aplicar la exención del Anticipo cuando existan causas de fuerza mayor o de carácter extraordinario como las actuales.

Esta disposición no aplica para los grandes contribuyentes nacionales, cuya gestión realiza la DGII a través de la Gerencia de Grandes Contribuyentes, excepto aquellos con impedimento para operar durante el estado de emergencia ordenado por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto No. 134-20 de fecha 19 de marzo de 2020, a saber:

a) Aeropuertos, líneas áreas, agencias de viaje.

b) Actividades de la construcción y ferreterías.

c) Hoteles, tour operadores, transporte de pasajeros y servicios complementarios.

d) Juegos de azar.e) Venta y reparación de vehículos, piezas y partes.

f) Comercio de electrodomésticos, ropa, calzados, artículos de belleza, juguetes y bienesmuebles.

g) Servicios de entretenimiento: plazas comerciales, cines, gimnasios y comidas rápidas.

Los grandes contribuyentes nacionales que queden sujetos al pago de Anticipos de ISR, que por circunstancias particulares no puedan realizar el pago correspondiente al periodo fiscal marzo 2020, podrán solicitar la exención total o parcial de esta obligación al correo electrónico [email protected]

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